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Alguien causa daños y le remite a su aseguradora de responsabilidad. Eso no le concede en toda situación un derecho legal contra ella. El artículo 7:954 BW permite, bajo condiciones, exigir pago directo por daños derivados de muerte o lesiones. Este régimen general no se aplica a bienes dañados exclusivamente ni a pérdidas económicas puras. Otras leyes, como la WAM, pueden conceder un derecho propio. Esta guía ayuda a distinguir vías y preparar su expediente según el derecho neerlandés.
Fuentes (4)
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1. Determine su posición y el tipo de daño
Empiece por identificar a quién considera responsable y por qué. Anote suceso, personas y relación con su daño. Que exista seguro no demuestra responsabilidad del asegurado ni que el riesgo esté cubierto. Pida una posición clara sobre responsabilidad y cobertura. Distinga su propio seguro de daños, el seguro de responsabilidad ajeno y una posible asistencia jurídica asegurada.
Distinga después daños personales y otros daños. El artículo 7:954 BW trata de daños por muerte o lesiones; además de consecuencias físicas, puede incluir pérdidas económicas derivadas de la lesión. Una bicicleta dañada sin lesiones difiere de ingresos perdidos por un accidente con lesiones. Enumere cada partida por separado. Que exista una lesión no convierte automáticamente todo daño material adicional en daño personal bajo este régimen.
2. Comprenda qué permite el artículo 7:954 BW
La acción directa permite al perjudicado, bajo las condiciones legales, exigir que se le pague el importe que el asegurado puede reclamar a su aseguradora de responsabilidad por ese daño personal. El Hoge Raad subraya que depende de la obligación de indemnizar frente al asegurado. No nace una obligación ilimitada por el mero hecho de sufrir lesiones. Examine responsabilidad e importe de la prestación debida por el seguro.
Por ello, una defensa de falta de cobertura puede seguir siendo relevante. Puede discutirse quién está asegurado, qué hecho cubre la póliza o qué máximo existe. Pida la base concreta si se rechaza el pago. Una carta que solo diga que usted no es parte contractual no responde si puede usar la acción directa legal. Ante dudas, aclare en qué fundamento solicita pagar y qué condiciones considera ausentes la aseguradora.
3. Compruebe la comunicación del asegurado
Para el régimen general importa que la realización del riesgo se haya comunicado conforme al artículo 7:941 BW. Una carta del propio perjudicado no sustituye sin más la comunicación exigida al tomador o asegurado. El Gerechtshof Amsterdam trató expresamente esa distinción. Pida por ello a la parte reclamada comunicar el siniestro y obtenga confirmación de que la aseguradora recibió esa comunicación.
La ley contiene una excepción específica si el asegurado era una persona jurídica extinguida y su obligación de indemnizar no pasó a otro. Una quiebra, dificultad de contacto o negativa a colaborar no prueban por sí solas la excepción. Reúna información sobre la entidad y sucesión y examine las condiciones. Si falta la comunicación, no espere pasivamente: vigile por separado su pretensión contra la parte posiblemente responsable.
4. Distinga daños materiales y derechos legales especiales
Para daños exclusivamente materiales o pérdidas patrimoniales puras, el artículo 7:954 BW no concede acción directa general. En la práctica, la aseguradora puede tramitar en nombre del asegurado o pagar directamente. Esa gestión no demuestra por sí sola un derecho legal independiente contra ella. Pregunte quién es jurídicamente la contraparte y sobre qué base se negocia. Mantenga entretanto el contacto con la parte a quien exige responsabilidad.
Para vehículos de motor, el artículo 6 WAM concede al perjudicado un derecho propio separado dentro de esa ley. Se aplican reglas distintas de la acción directa general, también respecto de defensas. La vía WAM puede importar igualmente para daños materiales. No extrapole un expediente de tráfico a un seguro ordinario particular o empresarial de responsabilidad. Determine primero qué régimen especial se aplica y qué aseguradora, responsabilidad asegurada y daños comprende.
5. Acredite el daño y pida una propuesta clara de pago
Ante lesiones, conserve datos del accidente, información médica pertinente, gastos y pruebas de ingresos perdidos. Ordene por partida e indique consecuencias inciertas. Trate cuidadosamente los datos médicos con su representante y comparta específicamente lo necesario. Una estimación provisional puede abrir la conversación, pero no fija definitivamente el daño. Pregunte qué reconoce, discute o quiere investigar la aseguradora y documente las respuestas.
Si existe claridad suficiente, puede pedir un anticipo explicando qué costes o pérdidas reconocidos cubrirá. Indique expresamente si se propone como anticipo o liquidación definitiva. Recibir dinero no equivale necesariamente a aceptar todas las condiciones de la carta adjunta. Examine antes una propuesta con finiquito definitivo, especialmente si quedan consecuencias médicas o daños futuros inciertos y después se cerrará el expediente.
6. Atienda a máximos, otros perjudicados y procedimiento
El capital asegurado puede limitar el importe disponible. El artículo 7:954 BW regula el reparto cuando, por superar ese capital, la prestación debida no basta para distintos daños y perjudicados. También protege determinados pagos ya realizados de buena fe. No suponga por ello que se pagará todo por reconocerse una partida. Si hay varias víctimas, pida aclarar cobertura disponible y forma de reparto.
Quien interpone una acción judicial contra la aseguradora por daños derivados de muerte o lesiones conforme a este régimen debe, en principio, procurar que el asegurado sea llamado al proceso a tiempo. La ley exceptúa el supuesto ya descrito de persona jurídica extinguida. Un abogado debe determinar partes y actuaciones procesales correctas. Una dirección o número de expediente no dice a quién demandar. Compruebe los plazos de cada pretensión y no confíe en una investigación general.
7. Prepare un expediente para la vía correcta
Ejemplo ficticio: un ciclista sufre lesiones y daños en su bicicleta por un incidente con un particular. El responsable tiene seguro ordinario de responsabilidad y comunica el hecho. Para el daño personal puede importar el artículo 7:954 BW si se cumplen las demás condiciones. La bicicleta dañada no obtiene automáticamente la misma vía legal. La aseguradora sí puede tratar ambas partes de común acuerdo. Mantenga claros fundamento y cobertura por cada partida.
Lleve al asesor la reclamación de responsabilidad, comunicación, datos de póliza disponibles, cálculo y propuestas de pago. Pregunte si su vía se basa en acción directa, derecho propio especial o reclamación contra el responsable. Si hay un derecho propio especial, atienda al artículo 7:954, apartado 7, BW. El Hoge Raad acepta que, tras prescribir el derecho propio WAM, cabe bajo condiciones recurrir a la acción directa. Eso no recupera automáticamente cualquier pretensión prescrita. Examine separadamente los plazos y el derecho de seguro restante.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar directamente a cualquier aseguradora de responsabilidad?
No. El artículo 7:954 BW exige condiciones y se refiere a daños por muerte o lesiones. Distinga derechos legales especiales y liquidación voluntaria.
¿Basta mi propia comunicación para la acción directa?
No sin más. Debe examinarse la comunicación exigida al tomador o asegurado. La ley prevé una excepción limitada para una persona jurídica extinguida.
¿Sirve la acción directa para una bicicleta dañada sin lesiones?
El régimen general del artículo 7:954 BW no se aplica. Un derecho especial, por ejemplo bajo la WAM, sí puede importar si el hecho entra en ese régimen.
Fuentes
Estas fuentes corresponden a esta página. Para un caso concreto, comprueba las normas vigentes y tus documentos.
- Officiële bekendmakingen — vernummerde tekst titel 7.17 BW, artikelen 941, 953, 954, 957 en 960 Consultado: 2026-10-23
- Hoge Raad — ECLI:NL:HR:2022:616 Consultado: 2026-10-23
- Gerechtshof Amsterdam — ECLI:NL:GHAMS:2021:1727 Consultado: 2026-10-23
- Parket bij de Hoge Raad — conclusie ECLI:NL:PHR:2023:90 Consultado: 2026-10-23
Revisión jurídica
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Redacción Derecho de seguros en los Países Bajos
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